domingo, 6 de enero de 2013

Protagonistas del litigio: Don Francisco José de Borja Paz Duque de Estrada y su hijo.

.

.
Corredores del Palacio Ducal de Gandía. 
.

 Francisco José de Borja y Paz Duque de Estrada, recibió su bautismo infantil el 14 de Enero de 1694 en la ciudad de Quito, Ecuador. Fue Capitán de Milicias y Alcalde Ordinario de San Francisco de Quito, casó en Quito el 16 de Julio de 1716 con Isabel Lasteros de Salazar y Carmona, nacida en Quito, hija del Licenciado Lorenzo de Lasteros y Ureña, nacido en Quito, Oidor de la Real Audiencia de San Francisco de Quito y de María Francisca de Carmona y Ortiz, nacida en Madrid, España; nieta paterna del General Manuel Lasteros, nacido en Madrid, España y de Inés de Ureña, nacida en esa misma localidad. 

Lucas Vicente Joaquín de Borja y Lasteros, Nació en Quito el 18 de octubre de 1725 y fue bautizado en la Catedral, siendo padrino su abuelo materno Lorenzo de Lasteros, Oidor de la Real Audiencia de Quito. Fue comisario General de la Caballería de Perú. Habiéndose ordenado sacerdote su padre, el pleito que éste había iniciado ante el Supremo Consejo de Castilla pretendiendo la adjudicación de los Títulos y Estados de la Casa Ducal de Gandía, se continuó en nombre de Lucas Vicente Joaquín de Borja y Lasteros a la muerte de la XII Duquesa de Gandía, Duquesa consorte de Béjar, en 1748. El pleito se siguió entre Lucas Vicente Joaquín de Borja, el Conde-Duque de Benavente, el Duque de Villahermosa y los Marqueses de Alcañices y Ariza, todos representantes de varias ramas de la familia Borja. Los Estados y Títulos fueron incorporados por sentencia de Tenuta, del Supremo Consejo de Castilla, de 28 de julio de 1755, de que se libró Carta Ejecutoria en Madrid, el 10 de marzo de 1756, a la Casa de los Condes-Duques de Benavente, en la persona de Francisco de Borja Gregorio José Ignacio Pimentel y Borja, Conde-Duque de Benavente, hijo mayor de Ignacia de Borja y Centellas Fernández de Córdoba, hermana de la última duquesa fallecida. Lucas Vicente Joaquín de Borja y Lasteros contrajo matrimonio en Quito, en 1746 con María Josefa Antonia Freire de Villacís y Ormaza, nacida en 1727, hija de Manuel Freire de Villacis y Guerrero,y de María Luisa de Ormaza y Dicastillo.  Fuente: Colonya. Historia y Genealogía. 


En este texto se mencionan las partes, que realmente fueron los principales litigantes por la herencia del Ducado de Gandía y demás estados vinculados.

Por una parte: La XII Duquesa de Gandía y su heredero, a la muerte de esta, el XI Duque de Benavente Don Francisco Alfonso Pimentel y Borja, del que todavía no he reseñado su biografía, que fue declarado en la sentencia heredero del Ducado de Gandía, y que publicaré en el próximo artículo o entrada del Blog. 


Por la otra parte: Los arriba mencionados padre e hijo: Don Francisco José de Borja y Paz Duque de Estrada y  Don Lucas Vicente Joaquín de Borja y Lasteros.

Desde el inicio del litigio por el Conde de Luna en el año 1740, y hasta la ejecución de la sentencia en el año 1746, fueron casi diez y seis años que se prolongó el embrollado pleito. Lo que demuestra la capacidad de los abogados peninsulares de los Borja, vecinos de la Audiencia de Quito. Ya que se enfrentaron a los mejores juristas históricos del siglo de las luces e  Ilustración Española como fueron Don Manuel de Roda y Arrieta y Don Gregorio Mayans y Ciscar, en menor medida, aunque de importancia para el antiguo reino de Valencia, el Dr. Don José Nebot y Sanz.

Los abogados de los Borja, habitantes de Quito en la Audiencia de Ecuador de la línea patrilineal y agnaticia rigurosa, no solo mantuvieron viva la causa, sino que estuvieron muy cercanos a ganarla.


- Fragmento de carta de Gregorio Mayans a Manuel Roda, 19 de abril de 1749
Mui Sr. mío. Me ha causado estraña novedad la sequestración de estos Estados de Gandía i Oliva, siendo tan claro el derecho del Exmo. Sr. conde de Benavente; i en prueva de mi deseo de que su Exa. logre la justicia que tiene.

- Fragmento de carta de Manuel de Roda a Gregorio Mayans, 26 de abril de 1749. 

La novedad del sequestro ha sido para todos mui estraña, y para mí mui sensible, pero no inopinada, pues sabía que muchos de los Srs. del Consejo están en ánimo de tomar la misma providencia en casi todos los juicios de tenuta, para evitar por este medio las dilaciones que regularmente ocasionan los litigantes que, con título de administradores, logran los efectos de posesión en los Estados litigiosos; y temo que esta idea se vaia luego experimentando en otros pleitos pendientes, y entre otros en la tenuta sobre el Estado de Medina de Rioseco, a que no tiene menos derecho que al Estado de Gandía el conde de Benavente. Si justa o injustamente, no me toca el censurarlo, pero veo de este dictamen a ministros íntegros y doctos. En el pleito actual han intervenido otros motivos políticos y extraños al derecho y justicia de la causa, que no es razón referirlos.
Pese a que uno de los abogados de los Borja de Indias en la Real Audiencia de Valencia, había sido encarcelado en 1748, por falsificación de instrumentos y documentos, el litigio continua en los Reales Consejos de Castilla hasta el año 1755.

Los fragmentos de las cartas entre el ilustrado jurista Mayans con el notable abogado Roda, manifiesta que los Reales Consejos habían tomado posesión provisional del Ducado de Gandía y del Condado  de Oliva hasta que el proceso terminase. Lo que sorprendió y contrarió al Conde Duque de Benavente, que se creía sucesor tras interponer su tía la XII Duquesa de Gandía, la causa criminal contra el abogado Pascual de Bonanza, en la que se sentenció principalmente la falsificación del acta de matrimonio secreto entre Don Fernando de Borja y Doña Violante Armendía y la manipulación del testamento de Don Fernando de Borja y Castro con el fin de probar la legitimidad plena de Don Juan de Borja y Armendía, además de otros documentos que intentaban demostrar el estado de hijo legítimo de legítimo matrimonio, y no hijo natural y legitimado posteriormente.

Aunque los documentos que presentó el abogado Pascual de Bonanza fueron declarados falsos, No impedía que la causa prosiguiese, puesto que aunque Don Juan de Borja y Armendía no fuese hijo de legítimo matrimonio, si que lo era legítimo con todos los derechos de los mismos según las Cortes del Reino de Valencia de enero de 1604.

Añado otro fragmento de una carta que le envía el abogado Roda al jurista Mayans:
Manuel de Roda a Gregorio Mayans, 31 de mayo de 1749.
Mui Sr. mío. Estimo sobremanera la continuación de su apreciable correspondencia de Vm. por el gusto y enseñanza que me da, pero quisiera que pudiéramos comunicarnos más de cerca, por la dificultad de hacerlo por cartas en que no se puede explicar tanto, como yo quisiera y necesito, para la dirección de una causa tan enredada y de tantos cabos.
En la antecedente de Vm. advertí que, por empeño del P. Altamirano, (31) dexó Vm. de publicar una respuesta contra el cuñado de Bonanza y me dio motivo de adelantar las sospechas que he tenido, de que dicho padre coadiuvase a Bonanza y demás directores del Indiano.
- 31Jesuita de gran influjo en la corte.  Nota del historiador que transcribe las cartas de Mayans a Roda. También el P. Altamirano era en esa fecha el nuevo General de la Compañía de Jesús para la Indias y principal apoderado de los Borja, vecinos de Quito, en el pleito.

Un fragmento más de otra carta de Mayans a Roda de fecha 20 de septiembre de 1749: 
Los jesuitas de Gandía hacen mucho mal porque dan a entender a los no instruidos, que son casi todos, que el Indiano tiene derecho incontrastable. El P. Civera es el mayor predicador que el Indiano tiene por aquí, i hace professión de baladrón. Me consuelo con que su autoridad es ninguna respeto de la del P. Altamirano, que confío hará todo el esfuerzo possible para excluir el derecho de equación.

Don Manuel de Roda estaba negociando como abogado, que también fue de la XII Duquesa de  Gandía María Ana de Borja, con el P. Pedro  Ignacio Altamirano la posesión de la herencia del fondo piadoso para la misiones de México y Nueva California a los Jesuitas que Doña María Ana había testado.

Mientras ocurrían estas negociaciones, intrigas, maquinaciones, batalla legal con demanda criminal incluida por tan cuantiosas posesiones, y títulos en España e Italia.

Don
 Lucas Vicente Joaquín de Borja y Lasteros contraía matrimonio en Quito, en 1746 con María Josefa Antonia Freire de Villacís y Ormaza. Supongo plácidamente. Su padre Francisco José de Borja, desde su viudez, dedicado a la carrera eclesiástica, graduándose en Teología. Ocupó la Silla de deán de la catedral de Puebla de los Ángeles  en México.

¿Significa esto que no esperaban llegar tan lejos en el pleito y negociaron con los Jesuitas un reparto o una donación? Considero que confiaron con el poder e instrucción de la Compañía de Jesús.  ¿Ordenaron o conocían todas las argucias que en el proceso se utilizaron?  Seguro que no, además de que la comunicación era muy lenta entre la península e Indias, y aunque el litigio fue extenso en el tiempo, las decisiones las tomaron los apoderados y los abogados como se desprende de las alegaciones, las cartas entre Gregorio Mayans  y Manuel Roda, y la correspondencia del abogado Don Pedro Pascual de Bonanza de la Audiencia de Valencia con el Dr. Don Joseph del Real, principal abogado del equipo jurídico en los Reales Consejos, de los Borja de la Audiencia de Quito (De la que haré referencia, y añadiré fragmentos convenientes para la compresión del los autos).
Los Borja de Quito gastaron considerables sumas de pesos de oro en pago de las copiosas gestiones, tanto jurídicas, como documentales, y políticas, que realizaron sus procuradores en diversos ámbitos. Estimo que la Compañía de Jesús no asignó provisión de fondos propios para el mantenimiento de tan costoso sumario.




No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.