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viernes, 25 de enero de 2013

La porfía del matrimonio secreto de Don Fernando de Borja y Castro.

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Fotografía: Sala de Jurats i Justicia (Antiguo Ayuntamiento), se creó en 1386 año de la declaración de Teulada (Alicante) España, como término municipal. La finalidad de este edificio era la de desarrollar las actividades administrativas del municipio. Está compuesto por piedra tosca y tres impresionantes arcos en la parte central. En su fachada principal podemos ver un reloj de sol de 1639.

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Los abogados de Don Francisco José de Borja y Paz Duque de Estrada, residente en la Audiencia de Quito, comparecen en el pleito de la tenuta por el Ducado de Gandía, demandando su derecho de herencia a todos  los títulos y estados de los Duques Borja el 13 de octubre de 1741. En principio presentan pruebas que Don Juan de Borja y Armendía, hijo de Don Fernando de Borja y Castro, y este a su vez de San Francisco de Borja y Aragón, IV Duque de Gandía, era hijo natural, y legitimado por el Rey en las cortes del reino de Valencia que se celebraron desde el nueve de enero al veinte de febrero del año 1604 en el monasterio de Santo Domingo de la ciudad de Valencia.

También en el examen de pretendiente a Caballero de la Orden de Santiago de Don Juan de Borja y Armendía, los caballeros informantes coetáneos del Consejo de la Orden, verifican que es hijo natural de Don Fernando de Borja y Castro, y el 19 de septiembre del año 1611 se le concede el Título y el Hábito de la Sacra Orden de Santiago, sin dispensa alguna.

Si Don Juan de Borja y Armendía era legítimo de pleno derecho, como se declara en las Cortes de 1604, y es admitido en una Sagrada Orden de Caballería, sin dispensa, por no ser hijo adulterino de mujer casada en el año 1611. 

¿Por qué ese posterior empeño de los abogados de Don Francisco José de Borja y Paz en demostrar que Don Fernando de Borja y Castro contrajo matrimonio secreto el 20 de marzo de 1572 en la villa de Teulada con Doña Violante de Armendía?

Tal obstinación conducirá al abogado Don Pedro Pascual de Bonanza y Vilarrasa a la cárcel en el año 1748, acusado de falsificación, principalmente del acta matrimonial de Don Fernando de Borja y Castro y otros documentos, con sentencia del año 1752. El subsodicho abogado representaba en la Real Audiencia de Valencia a Don Francisco José de Borja y Paz Duque de Estrada, residente en el reino del Perú. 

El 26 de Agosto de 1752 el abogado principal de Conde Duque de Benavente, Don Manuel de Roda escribe a su amigo y asesor jurídico Don Gregorio Mayans  - La causa criminal contra Bonanza, ayudará mucho a ganar la tenuta - a la vez que le da la noticia de su victoria en el pleito, y prosigue dándole las gracias Mayans por la gran ayuda que le ha prestado, imprescindible para la resolución de la sentencia.



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Certificado de los desposorios, apoderado Antonio Domingo Castells, el catalán.

viernes, 11 de enero de 2013

Protagonistas del litigio: Don Francisco Alfonso Pimentel y Borja. El heredero del Ducado de Gandía.

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Fachada del palacio de los Conde-Duques de Benavente en Valladolid. 
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Francisco Alfonso Pimentel Vigil de Quiñones Borja Aragón y Centelles (1707-1763),XI duque (XIV conde de Benavente): , XIII Duque de Gandía , XV conde de Luna, X duque de de medina de Rioseco, V marqués de Jabalquinto, VI marqués de Villarrela de Purullellna, (título que enajenó ), XI marqués de Llombay, XVII conde de Mayorga, XIV conde de Alba de liste, XV conde Melgar y Villaflor, XIII conde Oliva y II duque de Arión, de la Orden de San Genaro, y Gentil-Hombre de Cámara en Ejercicio.
Don Francisco Pimentel casó de primeras nupcias con Doña Francisca de Benavides, hija de los I Duques de Santisteban del Puerto, de quien no tuvo sucesión. En segundo matrimonio con Doña Maria Faustina Girón, hija de los VI Duques de Osuna. Fue hijo dicho Don Francisco Pimentel de Don Francisco Antonio Pimentel y de Doña Ignacia de Borja y Cordova, por cuya representación gozó el Ducado de Gandía y Marquesado de Llombay perteneciente a la muy ilustre Casa Borja, del linaje de los Papas Calixto III y Alejandro VI, y del Santo Duque de Gandía San Francisco de Borja. 
Al contrario que su principal competidor Don Francisco José Borja y Paz Duque de Estrada, habitante en Indias,  por la herencia de la Corona Borja. El Conde Duque de Benavente no gastó ni un peso de oro en el mantenimiento del litigio.


Fragmento de carta de Manuel Roda a Gregorio Mayans. 26 de julio de 1749.
Pues ya que yo trabajo de gracia, no quiero salir condenado en costas, aunque he hecho empeño por mi mismo honor en esta defensa, pues los afectos al Indiano me tratan de caviloso y quiero dar la debida satisfacción al público.


También la colaboración de Gregorio Mayans es de gracia, a la espera de recibir por la influencia del Conde de Benavente, de nuevo algún cargo en la corte.

Una vez terminadas sus alegaciones en el memorial del pleito, Manuel de Roda le escribe a Gregorio Mayans el 28 de diciembre de 1754. 


Pongo a su disposición de Vm. la plaza de oficial de la Secretaría del Despacho Universal de Estado, con que el rey acaba de honrarme, pues tube el aviso por el señor Wall el día 22 y tomé posesión el 24 del corriente. 
Crea Vm. que deseo sumamente poder servir a Vm. en este nuevo empleo porque le amo y estimo y quisiera ver justamente premiado su gran mérito, por su bien de Vm. y por el del público, para que se animasen otros al adelantamiento que necesitan las letras en España.
El papel en derecho sobre la tenuta de Gandía se ha acabado de imprimir estos días y entregado al relator, para que en estas vacaciones lo cotejasse con los autos. Yo no he escrito sino sobre las dos fundaciones (mayorazgos), subsistencia de la primera, nulidad de la segunda y regularidad de ambas, y esto tan deprisa que apenas he tenido tiempo de refrescar la memoria, coordinar mis apuntamientos y darlos a la prensa, porque mis immensas ocupaciones no me han dado lugar a hacer un borrador que pudiera comunicar con Vm., como deseaba, antes de imprimirlo, apremiado con los estrechos términos a que havíamos llegado.
El punto de falsedad de instrumentos e ilegitimidad del Indiano le ha escrito otro abogado, a quien se le encargó por más desembarazado, y yo le entregué mis apuntamientos y reflexiones, que ha extendido a su modo, pero con bastante nervio y solidez, sin embargo de que necesitan los que lean este papel, para entenderle, tener presente el difuso memorial ajustado a que se remite en muchas partes, porque si se huviesse de resumir el hecho no cabría en los veinte pliegos a que nos ha ceñido el Consejo la defensa, y aun con todo esso hemos excedido en algunos pliegos, que ha sido menester empeño para que se admitiesen y no lo huviéramos logrado, a no haber tenido el mismo exceso el papel del Indiano.
Hasta ahora no me han trahído exemplar alguno impreso, por lo que no puedo remitírselo a Vm., pero creo lo harán en la casa de su Exa.

Gregorio Mayans y Siscar de modo disimulado todavía, solicita alguna recompensa, un pago por su extensa asesoría jurídica, además de las declaraciones que realizó en la Real Audiencia de Valencia, y que no aparecen en el Memorial, no sé porqué causa, que fueron determinantes para afirmar la falsedad de algunos documentos que había presentado el abogado Pascual de Bonanza, ya nombrados en otro post anterior, dado el prestigio del erudito valenciano de la  primera Ilustración española como jurista, historiador, lingüista y polígrafo.  Sin embargo el Conde Duque de Benavente hace oídos sordos a las peticiones del ilustrado valenciano. 

Manuel de Roda si apreciaba a su compañero de leyes, aunque en primer termino, tampoco le ofrece ninguna recompensa. Al recibir la enhorabuena por haber ganado la  tenuta del Ducado de Gandía que le envía Mayans,  le contesta lo siguiente
Fragmento de carta de Manuel de Roda a Gregorio Mayans, 23 de agosto de 1755.
Mui señor mío. Aprecio sumamente su enhorabuena de Vm. y se la repito por el triunfo del señor conde de Benavente, pues no ha tenido Vm. la menor parte en la victoria. Estraño que no se le embiasse a Vm. desde luego la alegación en derecho, como lo encargué en la casa, siendo Vm. tan acrehedor a ella y el único a quien permití se confiase antes de votarse la tenuta. Yo no tengo ni un exemplar porque quise observar el primero la ley, que me pareció precisa para que no se dibulgase la defensa y diesse motivo a que rescribiessen los contrarios.
He recibido atrasada la de Vm. con sentimiento mío por el gusto que me causa su correspondencia. El día que se votó el pleito debí a estos Srs. la fineza de que me regalasen un espadín con puño de oro, que será el primer regalo de esta especie que se ha hecho a un abogado, por comtemplarme ya fuera de la profesión. Y por este motivo sin duda no ha parecido después dependiente alguno de la casa, ni se me han comunicado las ideas del gobierno y manejo que  piensan llevar. Si se aconsejasen de mí, no dexarían de valerse de su dirección de Vm., pues nadie les puede dar mejores luces y en la planta que se haga ha de consistir el acierto, siendo ahora la ocasión en que han de saver aprovecharse de la victoria. 

Gregorio Mayans no recibirá ningún favor, ni pago del Conde Duque de Benavente. 


Manuel de Roda le dice, que ya sabe, como son los grandes señores, a la ahora de exigir conminan todo, pero a la hora de dar son exiguos. Le comenta que él solo ha recibido de ellos la daga con empuñadura de oro como único pago. El resto habían sido las costas que había ganado bajo su riesgo.

Gregorio Mayans continuará colaborando con Roda, ya Ministro de Justicia de Carlos III, en la secularización de la enseñanza en España. 
Casi en su vejez, reclama con cierta irritación y desesperanza alguna recompensa por los servicios prestados. Ya no para él, sino para sus hijos.

Mayans, que, desde 1739, no había visitado la Corte, partió hacia Madrid en el otoño de 1766. El viaje estaba perfectamente estudiado. Los ministros de Carlos III, especialmente Don Manuel de Roda y el Conde de Aranda, habían pensado premiar su trabajo intelectual. El erudito visitó al monarca, le ofreció sus propios libros y le habló de sus proyectos. Carlos III le nombró Alcalde de Casa y Corte, al tiempo que le concedía una pensión vitalicia de 22 mil reales que le permitirían dedicarse a la actividad intelectual sin preocupaciones.





viernes, 4 de enero de 2013

Protagonistas del litigio: La XII Duquesa de Gandía y XI Duquesa Consorte de Bejar.

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Patio palacio ducal de Gandía. (Valencia) España..
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Doña María Ana de  Borja  y Centelles Fernández de Córdoba (29-2 -1676 - Madrid  14-5-1748), XII Duquesa de Gandía desde la muerte de su hermano en 1740. Ostenta también los títulos de X marquesa de Lombay, XII condesa de Oliva, V marquesa de Nules. Sus padres fueron el X duque de Gandía, Don Pascual Francisco de Borja y Doña Juana Fernández de Córdoba Figueroa. Estuvo casada en dos ocasiones. Su primer matrimonio fue con Don Luis Francisco de Benavides Aragón, IV marqués de Solera, y seguidamente con Don Juan Manuel López de Zúñiga, XI duque de Béjar, siendo para él su cuarto matrimonio. Sin sucesión de ninguno de sus dos matrimonios. Le sucede su sobrino Don Francisco Alfonso Pimentel y Borja, XI conde duque de Benavente. La Duquesa de Gandía murió en Madrid el 14 de mayo de 1748.

Fue la única y última Duquesa del linaje Borja del Papa Alejandro VI.


Don Juan Manuel Diego López de Zúñiga Sotomayor y Castro, nació en Béjar, Salamanca, el 16 de febrero de 1680 y recibió el bautismo en la Iglesia de Santa María de Béjar el 25 de febrero de 1680, falleció en Madrid el 2 de diciembre de 1747, noble español de la Casa de Zúñiga, XI duque de Béjar y de Plasencia, Grande de España, VII duque de Mandas y Villanueva, XII marqués de Gibraleón y VII de Terranova, XV conde de Belalcázar, Grande de España, XII conde de Bañares, XV vizconde de la Puebla de Alcocer. Justicia y Alcaide Mayor de Castilla hereditario, Primera voz de la nobleza de Castilla, Caballero decano de la Orden del Toisón de Oro, Gentilhombre de Cámara del rey Felipe V, Mayordomo Mayor de la reina María Bárbara de Portugal y luego de su esposo el rey Fernando VI. 
Viudo se volvió a casar por cuarta vez en Madrid el 11 de diciembre 1718 con María Ana de Borja y Aragón, XII duquesa de Gandia, que fue su segundo esposo y con quien compartió la Corona de los Estados de ambos, estaba junto a él cuando comenzó el litigio de la tenuta del Ducado de Gandía en el año 1740, por el cual discutieron varias veces en tono matrimonial, el Duque de Béjar le dijo en una ocasión a su esposa la Duquesa de Gandía - Estoy harto de este pleito, a ver si hago venir de Indias decenas de Borja para que tomen posesión del Ducado de Gandía.

Un matrimonio con tantos títulos e importantes estados, continuamente atendían numerosos  pleitos, en los archivos históricos de nobleza, tanto de la casa de Gandía, como la de Béjar , existen abundante documentación sobre las demandas que ejercían y atendían, además de la administración, nombramientos de cargos y cobros de censos. Sus propiedades eran superiores en extensión a varias provincias actuales españolas. Además de sus estados en Italia.

Ambos estaban acostumbrados a cuantiosos litigios e intrigas cortesanas, por ello vivían en la capital del Reino.

Será la Duquesa de Gandía, quien requirió los servicios del prestigioso Don Manuel de Roda y Arrieta 
 póstumo marqués de Roda, (Zaragoza; 5 de febrero de 1708 - La Granja de san Idelfonso, Segovia; 3 de agosto de 1782) abogado de los Reales Consejos y posteriormente político y hombre de Estado Español de la Ilustración Española, principal promotor de la expulsión de los jesuitas del Reino de España en 1767 como Ministro de Gracia y Justicia del rey Carlos III.  Éste a su vez contrató durante el pleito de la tenuta del Ducado de Gandía (1740-1755) el servicio de ilustres juristas como Gregorio Mayans y el Dr. Nebot, estos últimos ya a las ordenes del Conde Duque de Benavente, sobrino de la Duquesa Maria Ana, que continuó y ganó el pleito, tras el fallecimiento de la Duquesa Borja, con ejecutoria del año 1756.

Aunque de hecho fueron los Jesuitas, la principal parte contraria como representación plenipotenciaria de la única línea agnaticia varonil del linaje, que detentaba Don Francisco José de Borja y Paz Duque de Estrada (Quito 14 de febrero1694
) para ocupar la vacante.

Fue la XII Duquesa de Gandía Doña María Ana de Borja, que interpuso una feroz querella criminal, pues peligraba la posesión de todas las propiedades y títulos que regentaba, solicitando cárcel para todos los abogados, procuradores e  intermediarios de Don Francisco José de Borja, sin embargo no se enojó con los Jesuitas. Ya que en su testamento dispuso un fondo piadoso de unos 60.000 pesos (una fortuna) para que la Compañía de Jesús fundase misiones dedicadas a su ilustre ancestro San Francisco de Borja y Aragón en México y la Baja California. Así que en 1748, el mismo año que muere, encarcelan a D. Pedro Pascual de Bonanza y Vilarrasa, abogado del Don Francisco José de Borja y Paz Duque de Estrada en las cárceles reales de Valencia, ubicadas en las torres de Serranos por falsificación de algunos instrumentos y documentos que afectaban a tan principal pleito donde se juzgaba la herencia de valiosos títulos y propiedades.


Nota: Título de la unidad: "Pedimento póstumo realizado por Mateo Montañés, mayordomo y albacea de María Ana Borja Centelles Fernández de Córdoba, XII duquesa de Gandía, para que se haga público su testamento." 
Archivo: Sección Nobleza del Archivo Histórico Nacional
Signatura: OSUNA,C.540,D.132. Fecha de creación 
1747-11-24 Madrid (Madrid) / 1748-05-17 Madrid (Madrid). España. 





miércoles, 26 de diciembre de 2012

El Cuarto Grado de Don Fernando de Borja y Castro.





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Al hacer click sobre las fotografías se amplían, y el texto se lee con claridad.
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El texto de los memoriales y de los alegatos originales procedía de lo escrito por los relatores judiciales:  " En Derechorelator es el funcionario de algunos tribunales superiores  de justicia, encargado de realizar la relación de los expedientes judiciales ante tales los organismos jurisdiccionales. La relación consiste en dar a conocer el contenido de los expedientes judiciales a los jueces que forman parte de dichos tribunales, atendido su carácter colegiado".

El Conde Duque de Benavente Don Francisco Alfonso Pimentel y Borja, Grande de España de Inmemorial, como lo eran los Duques Borja de Gandía, como miembro de la Corte Real conocía a los mejores abogados y juristas del reino. No en vano eligió a Manuel de Roda, que posteriormente sería Ministro de Justicia y Gracia del Rey Carlos III de España, y como asesor el abogado, tuvo al catedrático valenciano en leyes e ilustrado jurista de reconocimiento histórico internacional Gregorio Mayans. 


Como hombre metódico el ilustrado Mayans guardó toda su correspondencia mantenida con los distintos estamentos políticos, jurídicos y académicos de varios países, entre  esta, se conservan las cartas de recomendaciones y asesoría que hace al abogado principal del Conde Duque de Benavente. Hay que tener en cuenta que Gregorio Mayans era natural y vecino de Oliva, cuyo condado estaba vinculado al ducado de Gandía, y quería ganarse el favor del Duque de Benavente por motivos políticos y personales, por lo que intervino a su favor para que fuese Duque de Gandía y Conde de Oliva, además de sucesor de otros estados de la Corona Borja.

Añado un fragmento de una carta que le envía el ilustrado jurista Mayans al insigne abogado Roda, como testimonio de las artimañas legales que usaban en ambos bandos en el pleito de la tenuta por el Ducado de Gandía.


- Gregorio Mayans a Manuel Roda, 15 de agosto de 1750 - "Diga Vm. a su Exa. (Conde Duque de Benavente) al oído dos cosas; una que el Sr. marqués de Java tengo sospechas vehementes de que ha escrito por el Indiano al fiscal D. Pedro de la Torre, i sé de cierto que éste le respondió, que las escrituras que han salido de Bonanza son falsas. La otra es, que en Valencia ai ciertos hombres que pueden más que la razón i justicia. Uno de ellos es el relator civil Inza, hombre fácil de comprar, si se quiere; i pues su Exa. tiene la justicia, no deve perderla por falta de estos i semejantes medios"

Añado esta anotación, porque es posible, que los relatores alteraran las alegaciones de Don Francisco José de Borja, por los errores tan exagerados de algunas pruebas presentadas, como decir que el hermano de Don Juan de Borja, Gobernador de Popayán e hijo de Don Juan de Borja y Armendía, Presidente de la Audiencia de Santafé de Bogotá, Francisco de Borja era el Arzobispo de Sevilla, y luego de Toledo (Asiento 680). Ya que está abundantemente documentado  que: " La Primacía de la Diócesis de Toledo sobre el resto de las sedes episcopales de España es un título honorífico en la actualidad, pero de importancia en la Edad Media y Moderna, en las que gozaba fama de ser la sede más rica después de de Roma. El arzobispo de Toledo es considerado Primado de España, y se le suele elevar por el papa al rango de cardenal, con lo que es cardenal primado"  


Tal extremo por inverosímil, es irracional que lo alegasen como prueba los abogados del Don Francisco de Borja Paz Duque de Estrada, pues era notorio que por no serlo, era un argumento estúpido, y de hecho si aparece en los alegatos. Considero que es una prueba del manejo de los relatores sobornados con la intención de confundir a los jueces. Como se puede apreciar en la lectura de este grado.

domingo, 23 de diciembre de 2012

El tercer grado de la rama de Don Fernando de Borja y Castro.

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Conforme se alejan los grados de las partes litigantes, los documentos son cada vez más antiguos, por tanto difíciles de encontrar para los abogados como pruebas; ya que no existía un registro central, ni índices de todos los documentos civiles o eclesiásticos.

Las bases de datos informátizadas todavía no se habían inventado y por supuesto Internet tampoco.

Los documentos se buscaban montados a caballo, o en carruaje, de un archivo de un pueblo a otro en España, afrontando bandoleros e inclemencias del tiempo. Uno de los abogados de Don Francisco José de Borja Paz Duque de Estrada, solicita un buen caballo y dos pistolas para trasladarse de Valencia a Montesa (Lugar donde estuvo la sede de la Sacra Orden de Santa María de Montesa y  San Jorge de Alfama,  sucesora en el reino de Valencia de la Orden del Temple, de la cual fue su último Gran Maestre un hermanastro del IV Duque de Gandía San Francisco de Borja).

En este caso, por ser uno de los litigantes, vecino de ultramar, la petición de documentos cruzaba el océano Atlántico, y seguía de nuevo a ritmo de caballos o mulas hasta la Audiencia de Quito del Ecuador, casi en la costa del Pácifico, o a Santafé de Bogotá. Luego los documentos certificados tenían que viajar a través de la carrera de Indias, con la fuerza del viento, en las sacas de los galeones españoles, de nuevo por el océano Atlántico, hasta llegar a las Reales Audiencias y Consejos de Valencia y Castilla.

Al estar más alejados generacionalmente los grados, los documentos y su interpretación por antiguos, eran más susceptibles de contrariedades y transcripciones, ya que algunos estaban en castellano, otros en valenciano, algunos en latín, desde el siglo XV (los primeros mayorazgos) hasta la mitad del siglo XVIII que ya existía el uso con bastante frecuencia de  la imprenta, sobre todo para dar testimonio y facilidades en los pleitos principales se comenzó a imprimir memoriales de los mismos.

La variaciones gráficas y construcciones sintácticas,  a través del tiempo de las diversas lenguas que se usan en los documentos son destacables, así como la caligrafía de los escribanos. Lo que da pie a múltiples alegatos que aluden el modo de escribir, los términos y letras que se usan como argumentos de verificación o falsedad documental.

Los parientes regulares (matrilineales del Duque Borja), por lo visto no esperaban la aparición y reclamación de la herencia Ducal en el pleito, de una línea agnaticia varonil rigurosa, y desde el primer auto, todas las demás ramas matrilineales Borja la niegan y afirman que es falsa, refutando cualquier alegato de los descendientes de la línea de Don Fernando de Borja y Castro, sexto hijo de San Francisco de Borja, IV Duque de Gandía, que demandaban los derechos del Mayorazgo Varonil.